Grúa remolcará vehículos mal estacionados y abandonados en Jesús María

Vehículos que utilicen la calle como cochera serán sancionados con una multa de S/ 840.00 y como medida complementaria serán trasladados al depósito municipal

Con la finalidad de mantener el orden de las vías públicas locales, reducir la congestión vehicular, preservar la salud pública, seguridad ciudadana, conservación del ornato, medio ambiente y la vialidad, la municipalidad de Jesús María publicó este 18 de abril a través del diario El Peruano la Ordenanza N° 577 – MDJM, que regula el procedimiento de internamiento de vehículos en situación de abandono y estacionados en la vía pública, que afecten la accesibilidad peatonal y/o en áreas de uso público del distrito.

En el caso de los vehículos que se encuentren en abandono por más de diez (10) días calendarios, personal del área de la Subgerencia de Fiscalización y Transporte dejará un sticker o distintivo en donde conste la fecha de verificación inicial, posteriormente se levantará el Acta de Abandono respectiva. Se procederá a la notificación de cargo al propietario del vehículo, el cual una vez notificado, contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de su notificación, a fin de que proceda a retirarlo. Si el propietario no retirara el vehículo en el plazo correspondiente se emitirá la Resolución de Sanción y se dispondrá en el mismo acto como Medida Complementaria, el Internamiento del Vehículo en el depósito municipal.

Por otro lado, los vehículos que afecten la accesibilidad peatonal y/o vehicular, se dejará adosado en la calzada, un sticker o distintivo en donde conste la fecha de detectada la infracción, la aplicación de la medida complementaria; asimismo se levantará el el acta. En el caso, que no se aplique la medida complementaria (traslado del vehículo al depósito), se dejará adosado en la ventanilla de la puerta del conductor un sticker que deje constancia de la infracción cometida, el número de documento que indique la acción de fiscalización, la fecha y hora de detección de dicha infracción, a su vez el personal de fiscalización que interviene deberá realizar cuatro tomas fotográficas, como mínimo, en el que se verifique la infracción cometida y que formará parte del acta de constatación.

En ambos casos se les colocará una multa de S/. 840.00 (ochocientos cuarenta soles), cada infractor se hará cargo de los gastos que generen el traslado, el depósito y otros como consecuencia de su internamiento en el depósito municipal.

Cabe resaltar que como primera medida durante el primer mes de publicada la ordenanza, se realizará una campaña preventiva con la finalidad de informar a los usuarios que a partir del mes de junio se hará efectiva la medida complementaria (traslado del vehículo al depósito municipal).

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