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Descuentos Vecino Puntual y Exclusivo

¿Qué es el Programa de Incentivos
al vecino exclusivo y puntual?

El Programa de Incentivos Vecino Exclusivo y Puntual en el Distrito de Jesús
María, tiene por finalidad promover el bienestar de los vecinos del distrito e
incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias.

 Los vecinos que forman parte
de este programa tendrán acceso a los siguientes beneficios:

    •        Tarjeta de beneficios (JM CARD)
    •        Atención Preferente en las dependencias de la Municipalidad de Jesús María.
    •        Descuento y/o tarifas preferenciales en los eventos
      organizados o auspiciados por la Municipalidad de Jesús María.
    •      Descuentos y/o promociones por compras de bienes y/o servicios, así como la participación en los eventos, ventas privadas, cierrapuertas y/o demostraciones promocionales que efectúen en los locales
      comerciales afiliados al programa.
    •      Participación en los sorteos que programe la entidad, de acuerdo al procedimiento establecido para la presente ordenanza.
    •     Descuento por Pronto pago en Arbitrios Municipales, regulados conforme Ordenanza Municipal que se encuentre vigente y de acuerdo a las condiciones de pago.

Vecino Puntual: Es el contribuyente que cumple con los siguientes requisitos:

    •       Persona Natural registrado como contribuyente Activo.
    •       Haber pagado el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio corriente dentro de las fechas de vencimiento establecidas.
    •       No registrar deuda vencida por concepto de Impuesto Predial, arbitrios y multas tributarias al cierre del ejercicio anterior. 
    •      En el caso ce contribuyentes que adquirieron predios con posterioridad a la emisión anual de la JM CARD, obtendrán condición de vecino exclusivo, si registran el predio dentro los plazos establecidos y efectúan el pago de forma anual en el mismo mes de realizado el registro en el Sistema Tributario Municipal.

Vecino Exclusivo: Es el contribuyente que cumple con los siguientes requisitos: 

    • Persona Natural registrado como contribuyente Activo.
    • Haber pagado el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio corriente de forma anual, dentro de la
      fecha del primer vencimiento o de la prórroga que se establezca.
    • No registrar deuda vencida por concepto de Impuesto Predial, arbitrios y multas tributarias al cierre del ejercicio anterior.
    • En el caso ce contribuyentes que adquirieron predios con posterioridad a la emisión anual de la JM CARD, obtendrán condición de vecino exclusivo, si registran el predio dentro los plazos establecidos y efectúan el pago de forma anual en el mismo mes de realizado el registro en el Sistema Tributario Municipal       

Lo invitamos a dejar sus sugerencias:

En forma virtual:
A través del e-mail: servicios_rentas@munijesusmaria.gob.pe

En forma presencial:
En las instalaciones de cada local de atención a través del buzón de sugerencias colocadas en los locales de atención.

¿Qué es el Programa de beneficios al vecino puntual y exclusivo?

El Programa de Beneficios al Vecino Puntual y Exclusivo reconoce a los vecinos puntuales y exclusivos del distrito a fin de premiar su puntualidad en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo cual nos permite ejecutar más obras y brindar servicios en beneficio de los vecinos.

Los vecinos que forman parte de este programa tendrán acceso a los siguientes beneficios:

  • Tarifas preferenciales en servicios municipales. (piscinas, canchas, talleres, etc).
  • Descuentos en establecimientos afiliados. (restaurantes, salones de belleza, centros médicos, etc).
  • Participar en el sorteo de vecino puntual.
  • Formar parte del Programa “Jesús María Bonita”, (el municipio apoya en mejorar las edificaciones multifamiliares mayores a 50 años, asumiendo la mano de obra).

Vecino Puntual: Es el contribuyente que cumple con los siguientes requisitos:

  • Ser persona natural, sociedad conyugal o sucesión registrado como contribuyente activo.
  • No registrar deuda vencida por concepto de impuesto predial, arbitrios o costas procesales o multas tributarias, al cierre del ejercicio anterior.
  • Haber pagado el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales dentro de las fechas de vencimiento establecidas.
  • En el caso de contribuyentes que ostentan calidad de vecino puntual, y producto de una fiscalización tributaria, se les generó deuda tributaria por diferencias de fiscalización; mantendrán su condición de vecino puntual siempre que, en el mismo ejercicio, efectúen el pago de las diferencias y presenten su declaración jurada rectificatoria correspondiente.

Vecino Exclusivo: Es el contribuyente que cumple con los siguientes requisitos:

  • Ser persona natural, sociedad conyugal o sucesión registrado como contribuyente activo.
  • Haber pagado el impuesto predial y arbitrios del ejercicio vigente de forma adelantada (anual) dentro de la fecha del primer vencimiento tributario o de la prórroga que se establezca.
  • No registrar deuda vencida por concepto de impuesto predial, arbitrios o costas procesales o multas tributarias, al cierre del ejercicio anterior. En el caso de contribuyentes que ostentan calidad de vecino exclusivo, y producto de una fiscalización tributaria, se les generó deuda tributaria por diferencias de fiscalización; mantendrán su condición de vecino exclusivo siempre que, en el mismo ejercicio, efectúen el pago de las diferencias y presenten su declaración jurada rectificatoria correspondiente.
  • En el caso de contribuyentes que adquirieron predios con posterioridad a la emisión anual de la tarjeta de vecino puntual, obtendrán condición de vecino exclusivo, si registran el predio dentro de los plazos establecidos y efectúan el pago de forma anual en el mismo mes de realizado el registro en el sistema tributario municipal.

Lo invitamos a dejar sus sugerencias:

En forma virtual:
A través del e-mail: sugerencias_rentas@munijesusmaria.gob.pe

En forma presencial:
En las instalaciones de cada local de atención a través del buzón de sugerencias colocadas en los locales de atención.

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