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Trámites Frecuentes y Formularios

Formularios

Trámites Frecuentes

Requisitos:

  • Formato de Declaración Jurada de Pensionista (se presenta en la Plataforma de Atención al Contribuyente) / Descargar formato.
  • Última boleta de pago del pensionista.
  • Exhibición de Documento Nacional de Identidad.
  • En caso de no poder realizar el trámite, lo podrá realizar un tercero con carta poder con firma legalizada y con facultades específicas.
  • Presentar Resolución o Documento que le confiere la calidad de pensionista.
  • Certificado Positivo/Negativo de propiedad (emitido por SUNARP).

Requisitos:

  • Formato de Declaración Jurada de Adulto Mayor (se presenta en la Plataforma de Atención al Contribuyente) /Descargar Formato
  • Boleta, recibos por honorarios u otros documentos que acrediten sus ingresos.
  • Exhibición de Documento Nacional de Identidad.
  • En caso de no poder realizar el trámite, lo podrá realizar un tercero con carta poder con firma legalizada y con facultades específicas.
  • Certificado Positivo/Negativo de propiedad (emitido por SUNARP).

Requisitos:

  • Solicitud de acogimiento al beneficio, la misma que tendrá carácter de declaración jurada (se presenta en la Mesa de Partes) / Descargar Formato
  • Exhibición de Documento Nacional de Identidad
  • Copia simple de los documentos que acrediten sus ingresos, de ser el caso.
  • En caso de no poder realizar el trámite, lo podrá realizar un tercero con carta poder con firma legalizada y con facultades específicas.

Requisitos:

  • Formato de Declaración Jurada por Discapacidad (se presenta en la Plataforma de Atención al Contribuyente) / Descargar Formato
  • Exhibición de Documento Nacional de Identidad.
  • Copia simple de los documentos que acrediten sus ingresos, en caso los tuviere.
  • Certificado o Carné de Discapacitado – CONADIS o copia simple de documentos que acrediten la condición de persona con discapacidad.
  • En caso de no poder realizar el trámite, lo podrá realizar un tercero con carta poder con firma legalizada y con facultades específicas.

Requisitos:

  • Solicitud o Formulario debidamente firmado por el solicitante (Señalar tributo, periodo, dirección del predio) – Descargar
  • Pago de la tasa correspondiente.
  • Exhibir DNI de la persona que realiza el trámite.
  • En caso de representación, esta deberá ser acreditada con poder específico en documento público o privado.

Requisitos:

  • Formulario debidamente firmado por el solicitante – Descargar
  • Pago de la tasa correspondiente.
  • Exhibir DNI de la persona que realiza el trámite.
  • En caso de representación, esta deberá ser acreditada con poder específico en documento público o privado.

Requisitos:

  • Solicitud o Formulario firmada por el solicitante o representante legal indicando la deuda materia de compensación (precisando tributo, periodo y predio de ser el caso, así como las razones que sustentan su pedido) – Descargar
  • Exhibir el documento de identidad de la persona que realiza el trámite.
  • Medio probatorio que acredite el pago indebido o en exceso.
  • En caso de representación, adjuntar poder específico en documento público o privado.

Requisitos:

  • Formulario de transferencia de pagos firmada por el solicitante o representante legal indicando la deuda materia de transferencia (precisando tributo, periodo y predio de ser el caso, así como las razones que sustentan su pedido) – Descargar
  • Recibos de pago a transferir (copia), en caso sea persona distinta al contribuyente del Código de origen.
  • Exhibición de DNI de la persona que tramita.
  • Carta de autorización del propietario anterior (en caso de no contar con los recibos de pago).
  • En caso, el que solicite la transferencia de pagos sea el mismo contribuyente del código de origen, no se requerirá la presentación de los recibos de pago.
  • Asimismo, en caso de códigos descargados por sucesión tampoco se requerirá la presentación de recibos de pago ni de carta de autorización.

Requisitos

  • Solicitud o Formulario firmada por el solicitante o representante legal, indicando la deuda materia de prescripción (precisando tributo, periodo y predio) – Descargar
  • Exhibir el documento de identidad de la persona que realiza el trámite.
  • En caso de representación, adjuntar poder específico en documento público o privado.

Requisitos

  • Se deberá interponer a través de un escrito fundamentado (D.L. N°1263 – Art. 3°: desde el 11/12/2016 ya no se requiere firma de abogado).
  • En caso de representación, presentar poder especifico otorgado en documento público o privado y/o poder vigente en copia simple, que acredite la calidad de representante.
  • El Recurso de Reclamación contra Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multas, Resoluciones que resuelvan las solicitudes de devolución, se debe interponer dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la notificación del acto administrativo (Inc. 2 del Art. 137° del CT.).
  • Adjuntar acreditación del pago de la deuda no reclamada actualizada hasta la fecha en que realice el pago.
  • Si el Recurso de Reclamación se interpone contra la Orden de Pago, es requisito acreditar el pago total de la deuda reclamada, salvo que medien circunstancias que evidencien que la cobranza podría ser improcedente.
  • En caso que el Recurso de Reclamación se interponga contra la Resolución de Determinación o Multa, fuera del plazo de Ley, tendrá que realizar el pago total de la deuda reclamada.

Requisitos

  • Debe presentarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes después de la notificación de la resolución que resuelve el recurso de reclamación (Art. 146 del CT.).
  • Escrito fundamentado.
  • Formato de afiliación a la notificación electrónica, tramitado en el siguiente link: https://www.mef.gob.pe/es/sistema-de-notificacion-electronica. (conforme la Resolución Ministerial N°205-2020-EF/40, emitida por el Tribunal Fiscal y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17/07/2020).
  • Para interponer medios impugnatorios, la persona que actúe en nombre del titular deberá acreditar su representación mediante poder por documento público o privado con firma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Administración Tributaria o, de acuerdo a lo previsto en las normas que otorgan dichas facultades, según corresponda.
  • Pago o Carta Fianza: Cuando el deudor tributario apele extemporáneamente una Resolución que resuelve una reclamación, la apelación será admitida siempre que se acredite el pago de la totalidad de la deuda tributaria apelada, actualizada hasta la fecha de pago, o presente carta fianza por el monto de la deuda actualizada hasta por doce (12) meses posteriores a la fecha de la interposición de la apelación, y se formule dentro del término de seis (6) meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se efectuó la notificación certificada.
  • Cuando el contribuyente interponga apelación contra una Resolución que resuelve una reclamación respecto de la cual presentó como garantía una carta fianza, deberá mantener la vigencia de ésta durante la etapa de la apelación por el monto de la deuda actualizada.
Gráfico de personal de la Municipalidad de Jesús María

Lo invitamos a dejar sus sugerencias:

En forma virtual:
A través del e-mail: servicios_rentas@munijesusmaria.gob.pe

En forma presencial:
En las instalaciones de cada local de atención a través del buzón de sugerencias colocadas en los locales de atención.

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