La ordenanza N° 583 – MDJM, publicada en el diario El Peruano, entrará en vigencia a partir del 15 de junio y su aplicación se dará en todos los espacios públicos o privados en donde se desenvuelvan menores de edad, ya sean en su escuela, hogar, lugares de trabajo, centros juveniles, iglesias, parques u otros lugares de esparcimiento que formen parte del distrito.
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