Centro de Conciliación Extrajudicial

El Centro Municipal de Conciliación Extrajudicial es un establecimiento autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la realización de Conciliaciones Extrajudiciales.

¿Qué es la Conciliación Extrajudicial?

Es un procedimiento, rápido, económico, confidencial y efectivo para solucionar los conflictos o controversias que pudieran tener dos o más personas, por el cual un tercero neutral e imparcial llamado Conciliador, facilita a las partes comunicarse y encontrar solución al conflicto que tienen en común, el que es plasmado en un Acta de Conciliación Extrajudicial que tiene calidad de sentencia emitida por un juez.

¿Qué es el Acta de Conciliación Extrajudicial?

Es el documento que contiene el acuerdo al que se ha llegado, debe estar firmada por las partes y por el Conciliador y representa la conclusión de un procedimiento conciliatorio.

¿Qué valor tiene el Acta de Conciliación Extrajudicial?

Tiene calidad de sentencia emitida por un juez, es decir que se puede exigir judicialmente el cumplimiento de lo acordado.

Ventajas de la Conciliación Extrajudicial

Las partes deciden la solución a su problema
Es económica y rápida, disminuye el tiempo y los costos
Es confidencial y reservada
Evita tediosos y largos procesos judiciales
No requiere de la participación de un abogado

Materias que pueden ser objeto de Conciliación

– Pensión de alimentos
– Régimen de visitas
– Tenencia
– Desalojo por vencimiento de contrato, falta de pago y ocupante precario
– Pago de deudas
– Pago de alquileres
– Obligación de dar suma de dinero
– Obligación de dar, de hacer y no hacer
– Indemnización por daños y perjuicios
– Incumplimiento de contratos
– Otras materias de conciliación respecto a las cuales las partes tengan libre

Requisitos para Conciliar

En materia de familia

1. Solicitud para Conciliar (formato único)
2. Copia simple de DNI del solicitante (vigente)
3. Copia simple de la partida de Nacimiento del menor (es)
4. Señalar la dirección exacta del invitado
5. Declaración jurada (de no tener proceso judicial con sentencia por la materia por la que se solicita conciliar)
6. Cancelación de la tasa correspondiente en la Tesorería de la Municipalidad de Jesús María, ubicada en Av. Mariátegui N° 850 según la cuantía

En caso de intervenir a través de representante o apoderado, acompañar la Copia Literal del mandato de Poder actualizado, que se encuentre facultado para conciliar extrajudicialmente (Vigencia de Poder)

Acompañar tres juegos de los documentos que deban anexarse a la solicitud.

1. Solicitud para Conciliar (formato único)
2. Copia simple de DNI del solicitante (vigente)
3. Acompañar a su solicitud todos los documentos que acrediten su pretensión, según sea la materia a conciliar
4. Señalar la dirección exacta del invitado
5. Recibo de pago por el Proceso de Conciliación en tesorería de la Municipalidad de Jesús María, ubicada en Av. Mariátegui N° 850, según la cuantía

De tratarse de Persona Jurídica, acompañar la Copia Literal de la Vigencia de Poder del representante Legal o en caso de intervenir a través de apoderado, acompañar la copia literal del mandato de poder (Vigencia de Poder).

Acompañar tres juegos de los documentos que se anexen a la solicitud.

Dirección: Av. Cuba N° 749 (1er piso)
Atención: Lunes a viernes de 8am a 5pm
Teléfono: 614 1212 Anexo 3422
Correo: conciliación@munijesusmaria.gob.pe

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