Estacionamiento Vehicular Temporal

Regulado mediante Ordenanza N° 550-MDJM, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 294-MML, publicados en el diario oficial “El Peruano” con fecha 21.07.18.

La Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal es un tributo que se paga por el estacionamiento de un vehículo en las zonas habilitadas por la municipalidad para la prestación del servicio de estacionamiento. Está orientada a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento y mantener el orden vial.

Tasa:
S/ 0.50 céntimos por cada treinta minutos o fracción.

Lugares y horarios autorizados:

Importante:

  • Los vecinos de Jesús María, debidamente identificados con su D.N.I. se encuentran exonerados del pago de la tasa de Estacionamiento Vehicular.
  • Tolerancia de 10 minutos, sin pago alguno.
  • Los días domingo, no se cobra la tasa de estacionamiento vehicular.
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