Matrimonio Civil

PARA TODOS LOS CONTRAYENTES:

• Certificado Médico Pre-matrimonial. (tiene vigencia de 30 días)
• Dos testigos mayores de edad y copia legible de documento de identidad (DNI vigente)

NOTA: En caso de personas mayores de 70 años se solicitará un certificado médico de salud mental a fin de brindarles un mayor respaldo y seguridad jurídica.

PARA MAYORES DE EDAD
1. Partida de Nacimiento del contrayente. (actualizada)
2. Copia legible de DNI (vigente) de los contrayentes.

PARA MENORES DE EDAD (Como Mínimo 16 años)
1. La autorización Notarial de los Padres o de los abuelos de ser el caso o dispensa y/o Licencia Supletoria del Juez.

PARA VIUDOS (as)
1. Partida de Nacimiento del contrayente.(actualizada)
2. Copia del DNI con Estado Civil de “Viudo”.
3. Certificado de Defunción del cónyuge fallecido. (antigüedad no mayor de 3 meses).
4. Partida de matrimonio (antigüedad no mayor de 3 meses).

NOTA: En caso de viudas presentar certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada al no haber transcurrido trescientos días del fallecimiento.

PARA DIVORCIADOS (as)
1. Partida de Nacimiento del contrayente. (actualizada)
2. Copia de DNI con Estado Civil “Divorciado”.
3. Partida de Matrimonio con la Anotación Marginal de la Disolución del vínculo Matrimonial.
4. Copia certificada de la declaración de disolución del vínculo matrimonial, ya sea Sentencia judicial, Parte Notarial o Resolución Municipal.

NOTA: En caso de divorciadas presentar certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no encontrarse embarazada, al no haber transcurrido trescientos días del divorcio. (Código Civil art.243, inciso3).

MATRIMONIO POR PODER
Escritura Pública emitida ante el Notario o Cónsul Peruano del país de su residencia y legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú debe estar inscrito ante Registros Públicos.

NOTA: Es indispensable la presencia de uno de los contrayentes en el acto de la celebración.
El poder caduca a los seis (6) meses de otorgado

  • Todos los documentos deberán estar APOSTILLADOS o VISADO por el Consulado Peruano en el país donde se emitió.
  • En caso se encuentren en un idioma distinto al Castellano/Español, se requerirá la Traducción Oficial Certificada.
  • TODOS los documentos deberán estar APOSTILLADOS en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en Lima (Jr. Miro Quesada N° 263 – Pasaje Acuña N° 155, Teléfono: 204-2400 )

1. Original y copia de carnet de Extranjería y/o Pasaporte.
2. Certificado Consular de soltería o viudez.
3. Partida de Nacimiento.

NOTA: El Viudo(a) extranjero(a) cumplirá con el requisito que corresponda en ambos apartados.
El Divorciado(a) extranjero(a) cumplirá con el requisito que corresponda en ambos apartados. -Si el contrayente se encuentra en el extranjero, el ex{amen médico a enviar deberá incluir la Razón Social del laboratorio que lo emite y los examenes de: RPR o VDRL y VIH (Despistaje de enfermedades de transmisión sexual), determinación del grupo sanguíneo y factor sanguíneo, asimismo la radiografía de tórax. Estos documentos deberán contar con el apostillado de la Haya (Sello especial) por el país de procedencia. En caso que no trayera apostillado, deberá ser visado por el Consul Peruano del lugar de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú y su traducción oficial.

PROCEDIMIENTO DE MATRIMONIO CIVIL

*Para realizar matrimonio Civil en la MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA, uno de los contrayentes debe residir en el Distrito. (el DNI debe indicar la dirección en Jesús María).
*El trámite es personal.

Para contraer Matrimonio Civil en la MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA, al menos uno de los contrayentes debe residir en el Distrito, lo que se acredita con el Documento Nacional de Identidad.

PROCEDIMIENTO

1. Descargar del Portal Institucional de la Municipalidad de Jesús María los siguientes formatos, los que deberán ser debidamente completados y firmados:

a) Solicitud Declaración Jurada
b) Compromiso de cumplimiento
c) Declaraciones Juradas de Soltería, Domicilio y de No Administrar Bienes de Hijos Menores de Edad bajo Patria Potestad (una hoja por cada contrayente)

2. Con los formatos y los documentos pertinentes descritos líneas abajo, se presenta el Expediente Matrimonial en la Municipalidad (Av. Cuba N° 749), para revisión y emisión del Edicto Matrimonial.

3. Al tercer día útil de haber ingresado la documentación deberá recogerse el Edicto Matrimonial para su publicación por un (01) día en un diario de circulación nacional. Si uno de los contrayentes no reside en Jesús María, se entregará un ejemplar adicional del Edicto Matrimonial para que sea publicado en la Municipalidad donde reside por el plazo de (08) días, debiendo devolverse debidamente sellado y firmado por la Municipalidad correspondiente.

4. Una vez publicado el Edicto debe entregarse la hoja completa del periódico y esperar ocho (08) días hábiles (Art. 250 Código Civil).

5. Una vez cumplido con el plazo de publicación del Edicto, se podrá programar la fecha del matrimonio civil, según disponibilidad.

6. Los contrayentes tiene un plazo de cuatro (04) meses para contraer matrimonio, contados a partir del noveno día de publicación del Edicto.

DOCUMENTOS A PRESENTAR
PARA MAYORES DE EDAD (18 años cumplidos)

1. Partida de Nacimiento de ambos contrayentes
2. Copia legible de DNI (vigente) de los contrayentes
3. Certificado médico Pre-nupcial de ambos contrayentes (vigencia de 30 días).
4. Dos testigos mayores de edad y copia legible de DNI (vigente) de ambos.

ADICIONALMENTE (SEGÚN EL CASO):
PARA MENORES DE EDAD (Mínimo 16 años)

1. Autorización Notarial de los Padres o de los abuelos de ser el caso o dispensa y/o Licencia Supletoria del Juez.

PARA VIUDOS(AS)

1. Partida de Defunción del cónyuge fallecido
2. Partida del Matrimonio anterior
3. Copia del DNI con Estado Civil “Viudo(a)”

NOTA: En caso de viudas se deberá presentar certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada, en caso no hayan transcurrido trescientos (300) días desde el fallecimiento del cónyuge (Código Civil Artículo 243 numeral 3).

PARA DIVORCIADOS(AS)

1. Partida de Matrimonio anterior con la Anotación Marginal de la Disolución del Vínculo Matrimonial.
2. Copia certificada de la sentencia judicial, parte notarial o resolución municipal que declara la disolución del vínculo matrimonial.
3. Copia del DNI con Estado Civil “Divorciado”.

NOTA: En caso de divorciada se deberá presentar certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada, en caso no hayan transcurrido trescientos (300) días desde el fallecimiento del cónyuge (Código Civil Artículo 243 numeral 3).

PARA EXTRANJEROS(AS)
IMPORTANTE:
Todos los documentos de contrayentes extranjeros deberán estar apostillados o visados por el Consulado Peruano en el país donde se emitió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en Lima y deberán contar con traducción de corresponder.

1. Copia simple del Carné de Extranjería o pasaporte
2. Certificado Consular de soltería o viudez
3. Partida de Nacimiento
4. El Viudo(a) y Divorciado(a) extranjero(a) cumplirá además con los requisitos que corresponde según su condición civil.

MATRIMONIO POR PODER

Escritura pública emitida ante Notario o Cónsul Peruano del país de su residencia y legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú, debidamente inscrito ante Registros Públicos, en el que conste expresamente el nombre de la persona con la que se contraerá matrimonio.

• Es indispensable la presencia de uno de los contrayentes en el acto de la celebración.
• El poder caduca a los seis (06) meses de otorgado.

EXAMENES MEDICOS PRE-NUPCIALES – Vigencia de TREINTA (30) días

Centro Médico Municipal Jesús María
1. Jr. Diego de Almagro N° 440 – Jesús María (Altura cdra. 24 de la Avenida Brasil)
Teléfonos: 2610899 – 995066960

2. Policlínico Municipalidad
Jr. José María Plaza N° 161 – Jesús María (Altura cdra. 12 de la Avenida Brasil).
Teléfono: 423-2370

Adicionalmente son válidos los certificados médicos pre-nupciales emitidos por cualquier centro de salud u hospital público.

La programación de matrimonios está sujeta a la disponibilidad de horarios y sedes

En Local Municipal SALON CUBA – Av. Cuba N° 749 – 2do Piso
Lunes a Viernes: S/. 110.80

En Local Municipal SALON CACERES – Av. Mariátegui N° 850 – 2do Piso
Lunes a Viernes
De 08:00 a 16:00 horas: S/. 360.80
De 17:00 a 18:00 horas: S/. 460.80

Ceremonia fuera del Local Municipal dentro del distrito
Lunes a Sábado: S/. 157.70

En Local Municipal en día sábado
En Local Municipal – SALON CUBA: S/. 158.50
En Local Municipal – SALON CACERES: S/. 658.50

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Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil
Avenida Cuba N° 749 – Teléfono 6141212 Anexo 3511

La programación de matrimonios está sujeta a la disponibilidad de horarios y sedes

En Local Municipal SALON CUBA – Av. Cuba N° 749 – 2do Piso
Lunes a Viernes: S/. 174.60

Ceremonia fuera del Local Municipal dentro del distrito
Lunes a Viernes: S/. 259.70

En Local Municipal en día sábado
En Local Municipal – SALON CACERES: S/. 783.50

————————————–

Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil
Anexo: *6851
Avenida Cuba N° 749

FORMATO

Solicitud Declaración Jurada
Compromiso de Cumplimiento
Declaraciones Juradas
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